¿En qué consiste la reforma al Poder Judicial en México?

La Reforma Judicial se aprobó a pocos días de que termine el gobierno de Andrés Manuel López Obrador. Foto: X @NoticiaCongreso

El Diario Oficial de la Federación, DOF, publicó el 15 de septiembre de 2024, el decreto de la reforma constitucional al Poder Judicial, que entró en vigor el lunes 16 de septiembre. La reforma judicial, como se le ha conocido popularmente, consiste en diversas disposiciones que adicionan y derogan este poder de los Estados Unidos Mexicanos.

El 3 de septiembre, la Cámara de Diputados aprobó por mayoría con 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto de las reformas al Poder Judicial.

Esta reforma fue propuesta por el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, AMLO, y aprobada y publicada en el DOF, quince días antes de que termine su mandato constitucional, el 1 de octubre.

Arte: Daniel Robles

¿Cuál es el propósito de reformar al Poder Judicial?

El objetivo de esta reforma al Poder Judicial, ha señalado López Obrador, es democratizar el sistema y ser un ejemplo mundial.

Este proceso ha sido polémico por los cambios que propone; un ejemplo de esto es lo que ocurría en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que el presidente proponía a los ministros, quienes se votan en el Congreso y posteriormente, los ministros elegían a su magistrado presidente. Ahora serán los ciudadanos quienes los determinen por voto popular quiénes estarán en estos cargos.

¿Qué propone el dictamen aprobado para la reforma judicial?

Establece un proceso de elección por voto popular para la magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y para el cargo de ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN. En este proceso participará el Instituto Nacional Electoral, INE. A partir del año 2025.

¿Por qué ha habido opositores a la reforma constitucional?

Quienes están en contra de la reforma judicial es porque consideran que, al haber jueces electos, se politiza el sistema de justicia y que favorezca a personas que podrían buscar la reelección en sus cargos.

También piensan que tuvo un proceso muy rápido y que no se discutió de manera adecuada, y que, además, no se tomó en cuenta la opinión de los trabajadores de este amplio sector federal.

Magistrados se oponían a la reforma porque señalaban que no se apega a los acuerdos Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, que se discutirá en 2026.

Al respecto, el embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar, opinó que este proceso podría poner en riesgo el acuerdo comercial entre los tres países.


¿Cuáles son las nuevas disposiciones para la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

En el caso de los ministros o ministras de la SCJN, el tiempo de su cargo será de doce años. Hasta antes de este decreto, su encargo era de 15 años y esta instancia judicial estaba conformada por 11 personas, ahora serán sólo nueve. Además, la presidencia se rotará cada dos años. No habrá ministros que duren 15 años en el cargo.

Un cambio más de la reforma es que los ministros ya no tendrán pensiones de por vida, y ninguno tendrá un sueldo que supere el del presidente de la República.

¿Habrá cambios respecto a las sentencias?

Sí. La reforma recién aprobada señala que las autoridades competentes deben dictar sentencias en un plazo máximo de seis meses. De no ser así, se dará aviso al Tribunal de Disciplina Judicial para que justifique por qué no se han resuelto las sentencias en el tiempo determinado.

También podría notificarse de este retraso al Órgano Interno de Control, cuando se trata de tribunales administrativos.

¿Además de los cargos en la SCJN, controlará la elección de otras figuras?

También establece los procedimientos para elegir a las y los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de las y los magistrados electorales que formen parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Asimismo, determina los mecanismos a seguir en caso de presentarse una defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de los integrantes a estos cargos, incluyendo a los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.



¿Cómo se vigilará el desempeño de las instancias judiciales?

La reforma al Poder Judicial indica que la administración y control interno del Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, y que también deberá tener conocimiento de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.

¿Cuáles serán las facultades del Tribunal de Disciplina Judicial?

Deberá conocer, investigar, subsanar y, de presentarse el caso, sancionar a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.

¿Qué dice la reforma del Órgano de Administración Judicial?

Le da facultades para tener independencia técnica y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial.

También determinará el número, competencia y materiales de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

¿Respecto a las cuotas de género, qué dice la reforma constitucional?

Se modificó el Artículo 40 para establecer el criterio de paridad en los poderes públicos, tanto federales, locales y organismos constitucionales autónomos. También se establecerá el lenguaje inclusivo.

La reforma constitucional para el Poder Judicial señala también: “Fue aceptada la reserva que modifica los artículos 109 y 110 para que las magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación que concluyan su encargo por haber declinado su candidatura o no resultar electas por la ciudadanía para un nuevo periodo, sean acreedoras al pago de un importe equivalente a tres meses de salario integrado y de veinte días de salario por cada año de servicio prestado, así como a las demás prestaciones a que tengan derecho, mismas que serán cubiertas con los recursos federales a que se refiere el párrafo siguiente al momento de su retiro”.

En este enlace puedes leer en su integridad el decreto, con las reformas hechas al Poder Judicial.

Arte: Daniel Robles

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Autor(a)

Judith León es reportera y editora originaria de Hermosillo, Sonora, México .
Estudió Ciencias de la Comunicación en la Universidad de Sonora y está diplomada en Periodismo Digital por el Instituto Tecnológico de Hermosillo y por la Universidad Kino.
Forma parte del equipo ganador del Premio Nacional de Periodismo 2014 en la categoría de Cobertura Noticiosa.
Escribe narrativa, tiene obra publicada en varias compilaciones y es coautora del libro De ladrillo, concreto y asfalto, del Colegio de Ingenieros Civiles de Sonora.