Estados Unidos pone fin a los permisos de reunificación familiar para Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador y otros tres países

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció este viernes la cancelación de todos los programas categóricos de Permisos de Reunificación Familiar (FRP) para ciudadanos de Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití y Honduras, así como para sus familiares inmediatos.
De acuerdo con DHS, esta administración está poniendo fin al uso generalizado de los permisos humanitarios (parole), al considerar que estos programas permitieron que extranjeros ingresaran a Estados Unidos sin que se hubieran completado adecuadamente las investigaciones de seguridad y verificaciones de antecedentes. El permiso de permanencia temporal, señaló la agencia, no fue concebido para aplicarse de forma amplia, por lo que el gobierno retomará su otorgamiento caso por caso, como originalmente lo estableció el Congreso.
La dependencia afirmó que el objetivo de reunir a las familias no puede estar por encima de la responsabilidad del gobierno de prevenir el fraude, evitar abusos y proteger la seguridad nacional y pública. Según DHS, los programas FRP presentaban brechas de seguridad derivadas de procesos insuficientes de verificación, lo que representaba un riesgo inaceptable. La agencia indicó que ahora prioriza la seguridad, la protección y el bienestar económico de los ciudadanos estadounidenses.
Una notificación publicada en el Registro Federal detalla cómo se implementará la cancelación de estos programas. Si una persona obtuvo permiso de permanencia temporal bajo los programas FRP y dicho permiso no ha expirado para el 14 de enero de 2026, este será cancelado en esa fecha, a menos que el beneficiario tenga pendiente un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, que haya sido presentado o matasellado a más tardar el 15 de diciembre de 2025 y que continúe en trámite al 14 de enero de 2026.

Si el extranjero tiene un Formulario I-485 pendiente, su permiso de permanencia temporal (parole) seguirá vigente hasta que expire dicho periodo de permiso o hasta que tomemos una decisión final sobre su Formulario I-485 pendiente, lo que ocurra primero. Si denegamos su Formulario I-485, su periodo de permiso se cancelará y dicho extranjero deberá salir de Estados Unidos inmediatamente.
En los casos en que exista un Formulario I-485 pendiente, el permiso de permanencia temporal seguirá vigente hasta que expire el periodo autorizado o hasta que se emita una decisión final sobre la solicitud de ajuste de estatus, lo que ocurra primero. Si el Formulario I-485 es denegado, el permiso será cancelado y la persona deberá salir de Estados Unidos de manera inmediata.
DHS también informó que, al cancelarse el permiso de permanencia temporal, se revocará automáticamente la autorización de empleo otorgada con base en dicho permiso. Cada persona afectada recibirá una notificación individual informándole sobre la terminación de su parole y de su permiso de trabajo.
Las personas que no cuenten con otra base legal para permanecer en Estados Unidos tras la finalización de los programas FRP deberán abandonar el país antes de la fecha de vencimiento de su permiso. DHS indicó que estas personas deben utilizar la aplicación CBP Home para informar su intención de salir del país. La agencia señaló que existen incentivos disponibles, como una bonificación por salida, asistencia financiera y apoyo con documentos de viaje, así como la posible condonación de multas civiles para quienes cumplan con los requisitos.

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