Con el fin de las restricciones impuestas por el Título 42 durante la emergencia mundial del coronavirus, una medida migratoria existente vuelve a tomar relevancia: el Título 8. No es nueva. De hecho, hay más expulsión de migrantes a través del Título 8 (636,173) que el 42 (419,147), de acuerdo con las estadísticas de la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés).
Entonces, ¿cuál es la diferencia entre los dos Títulos? El Título 42 limita la migración a Estados Unidos por una razón de salud pública y seguridad nacional; y el Título 8, que se usó incluso durante los 3 años de restricciones fronterizas por el coronavirus, contempla una deportación rápida del migrante que no puede comprobar su caso.
El Título 8 es la norma que el gobierno de Estados Unidos aplica a los migrantes que intenten cruzar la frontera sin una autorización legal, quienes serán expulsados y con consecuencias más graves que las que establecía el Título 42, que estuvo vigente hasta el 11 de mayo inclusive. Entre otras consecuencias, el Título 8 establece la deportación rápida, una prohibición de reingreso de al menos 5 años y un posible proceso penal en caso de intentar ingresar nuevamente.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) señaló que “las consecuencias de la entrada ilegal” a través de la frontera incluye “la expulsión, la detención y el enjuiciamiento” de los migrantes. “Según el Título 8, una persona que es expulsada está sujeta a una prohibición de admisión a los Estados Unidos de al menos cinco años y puede enfrentar un proceso penal por cualquier intento posterior de cruzar la frontera ilegalmente”, señala un comunicado oficial de DHS.
Según DHS, la Administración Biden adoptó medidas para que los procesos de expulsión “se realicen de manera justa, eficiente y rápida”. “Para hacer esto, DHS ha digitalizado los procesos, aumentó el personal y, con la cooperación de los gobiernos socios, aumentó los vuelos de regreso. Los migrantes elegibles serán procesados para una expulsión acelerada mientras se encuentran en las instalaciones de CBP (Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza) e ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) en unos días o unas pocas semanas”, agrega DHS.
El secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, señaló días atrás que el Título 8 tiene consecuencias “más graves” para los inmigrantes que intenten ingresar a Estados Unidos sin una vía legal, como podría ser el pedido de asilo, por ejemplo. Las autoridades estadounidenses advirtieron que quien ingrese irregularmente o no califique para el asilo será deportado.
Los migrantes que quieran pedir asilo deberán solicitar y programar una cita a través de la aplicación móvil CBP One, que se debe descargar en el celular. Los pasos son:
➡️ Solicitar y programar una cita a través de CBP One.
➡️ Registrarse en la aplicación y enviar la solicitud.
➡️ Confirmar la cita en un plazo de 23 horas luego de recibir la notificación.
➡️ Presentarse en el punto de entrada de Estados Unidos que se le indique.
Aunque el Título 8 permite que un migrante solicite asilo, esta figura es otorgada únicamente a alguien que en su país de origen es perseguido -o tenga temor de ser perseguido- por alguno de los siguientes motivos: opinión política, raza, religión, nacionalidad o pertenencia a un determinado grupo social (comunidad LGBT, por ejemplo). Es decir, el solicitante debe cumplir con la definición de refugiado que establece la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y debe demostrar que “no puede o no quiere regresar” a su país de origen, o donde reside, por “persecución o una causa bien fundada de temor a la persecución” por alguno de esos cinco motivos. La situación de pobreza de los migrantes en sus países de origen no es un motivo para pedir asilo.
Es decir, los migrantes que llegan a la frontera entre Estados Unidos y México pueden ser detenidos e interrogados sobre los motivos de admisión. Si expresan miedo de regresar a su país de origen (por algunas de las cinco razones para solicitar asilo), se les remite a la entrevista de “miedo creíble” con un oficial de inmigración.
En esta entrevista, el solicitante debe poder explicar que tiene “miedo” real y “creíble” de regresar a su país porque es perseguido por su opinión política, raza, religión, nacionalidad o pertenecer a un grupo social determinado; dar detalles de la eventual persecución u hostigamiento que el migrante sufre en su país es una forma de que su relato de los acontecimientos sea “creíble” para las autoridades migratorias; en muchos casos tienen que presentar pruebas.
🛂 Si pasan la entrevista de “miedo creíble”, los migrantes son puestos en la lista de espera para presentar sus solicitudes de asilo en el país y ser liberados al interior de los Estados Unidos.
🛂 Si no pasan la entrevista de “miedo creíble”, los migrantes pueden ser deportados de los Estados Unidos a sus países de origen y recibir una prohibición de reingreso de cinco años.
Ante el incremento de migrantes que probablemente se producirá en las ciudades fronterizas a partir de la entrada en vigencia de las nuevas medidas migratorias, desde Iniciativa Kino para la Frontera, organización humanitaria que asiste a migrantes en Tucsón y Nogales, Pedro de Velasco señaló que se necesita el apoyo de voluntarios para colaborar con las organizaciones que ayudan a quienes son aceptados en su cruce en la frontera y deben iniciar su estancia en Estados Unidos o trasladarse a otras ciudades o estados donde les esperan familiares o conocidos. Además, dijo que Estados Unidos “está preparado” para recibir a quienes llegan a la frontera y presentan sus casos de asilo.
Al anunciar las nuevas medidas migratorias que este 12 de mayo entraron en vigencia con el Título 8, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) también llamó al Congreso de Estados Unidos a que trabaje en una reforma migratoria que ofrezca soluciones a “un sistema de inmigración fundamentalmente obsoleto y roto”, que “no funciona”, por lo que reclamó a los senadores y representantes federales que legislen “una solución a largo plazo”.
“A pesar de estos esfuerzos, la gestión de la migración irregular a la frontera suroeste en los días, semanas y meses posteriores a la terminación de la orden de salud pública del Título 42 será un desafío en un momento de migración históricamente alta en el hemisferio occidental y en todo el mundo. Existe un amplio acuerdo de que Estados Unidos está operando bajo un sistema de inmigración fundamentalmente obsoleto y roto, con la última reforma migratoria integral promulgada en 1986. Estos problemas solo se ven exacerbados por los aumentos globales en la migración. Estados Unidos necesita enfrentar los desafíos en nuestra frontera abordando nuestro sistema de inmigración que no funciona. Una solución a largo plazo sólo puede venir de la legislación”, señaló DHS en un comunicado oficial.
¿Qué es el Título 42?
🛂 El Título 42 se activó durante la pandemia y prohibió la entrada de migrantes que potencialmente representaban, según las autoridades, un riesgo para la salud pública. Como ya se acabó oficialmente la crisis por coronavirus, esta política también perdió vigencia.
🛂 Con el Título 42, los funcionarios fronterizos podían expulsar inmediatamente a los migrantes que ingresaban a través de Canadá y México hacia Estados Unidos (los menores migrantes no acompañados estaban exentos).
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